POLÍTICA PARA PRINCIPIANTES (I): ¿DE QUÉ VA LA SUBIDA DEL PAGO FRACCIONADO DE IMPUESTO DE SOCIEDADES?

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Llevamos desde el verano hablando de la propuesta que le ha hecho el Gobierno de España a Bruselas para evitar la multa por déficit excesivo. ¿Cómo piensa ajustar las cuentas estatales con los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades de las empresas? Pero los profanos pueden no terminar de entender de qué estamos hablando y a qué se refieren los políticos en su cruce de acusaciones.

  1. ¿Qué es el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades? Pues al igual que los que cobran una nómina tienen una retención a cuenta del IRPF o los empresarios personas físicas hacen retención en sus facturas o pagan trimestralmente a cuenta, las empresas con personalidad jurídica (Sociedades Limitadas y Sociedades Anónimas, principalmente) realizan pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades en abril, octubre y diciembre.
  2. ¿Para qué sirve este pago fraccionado? También de forma análoga a la declaración de la renta anual, las empresas presentan en julio de cada año el Impuesto de Sociedades. De forma resumida, en él presentan ingresos y gastos del año. Tras aplicar las deducciones que les correspondan, se calcula el impuesto a pagar en función de la obtención de pérdidas o beneficios. A esta cuota de impuestos, se le reducen los pagos fraccionados realizados durante el ejercicio anterior (igual que se hace con las retenciones en el cálculo de la cuota de la renta de las personas físicas). Por tanto, es similar a subir las retenciones a cuenta de IRPF de las nóminas pero no subir los tipos impositivos de la renta.
  3. ¿Qué le propone el Gobierno español a Bruselas? A falta de desarrollo normativo y aprobación por parte del Gobierno, volver a instaurar una medida que llevaba en funcionamiento desde 2012 y se eliminó en 2016. Consistía en que las grandes empresas (solo aquéllas que facturen más de 20 millones al año) tengan un tipo mínimo de pago fraccionado del 12%.
  4. ¿Qué supone esto para las empresas? Para las empresas supone un adelanto de los pagos y por tanto, financiar a tipo cero al Estado. Sin embargo, para ellos sí tendrá un coste financiero puesto que afectará a su liquidez y podrían recurrir a créditos bancarios u otras herramientas financieras. Cuando liquiden el Impuesto de Sociedades anual, se le devolverá la cantidad que no corresponda o pagarán la diferencia. Por tanto, no es una subida de impuestos pero sí afecta a la disponibilidad de dinero de las mercantiles.
  5. ¿Qué supone esto para el Estado? Básicamente consiguen financiación y aumentar la recaudación de forma temporal. Un “maquillaje” de las cuentas. Esto supone no recurrir a financiación externa y poder disminuir los intereses de la misma. A costa de las empresas, eso sí. En 2016 España debería tener un déficit por debajo del 2,8%. Como no se va a conseguir, este objetivo se aplaza a 2017.
  6. ¿Qué resultados ha tenido la política fiscal aplicada en los últimos años? El actual Gobierno prometió de cara a las elecciones una disminución de impuestos que ha dejado una reducción de la recaudación de 3.869 millones hasta julio de 2016. Se sitúa por debajo de la prevista inicialmente (incluyendo la bajada de impuestos) y aleja el objetivo del déficit acordado con Bruselas. Sin embargo, destaca que la recaudación de los pagos fraccionados de Sociedades cayó un 48,1% en total mientras que aumentó la aportación de las pymes. En definitiva, medidas electoralistas con el fin de conseguir titulares de prensa pero con un efecto negativo en la situación actual de las cuentas públicas y que no obtienen la estabilidad presupuestaria.
  7. La Unión Europea pide ajustes estructurales (en los gastos e ingresos del Estado) por valor de 8.000 millones de euros hasta 2017. Sin embargo, el error de cálculo de los efectos de la bajada de impuestos de este año ya alcanza hasta julio los 3.869 millones de euros. Para cualquiera que haga la cuenta de la vieja, quizá le cuadraría. ¿Curioso o no?

Noelia Hernández

Imagen: www.pixabay.com
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