¿Por qué la Compra Pública de Innovación no funciona (aún)?

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Hace ya unos quince años comencé a participar en los primeros intentos de usar las compras públicas como política de innovación: unos proyectos piloto que se realizaron en algunos países europeos, auspiciados por la Unión Europea. La innovación es un término tan manido en el discurso público y mediático que casi ha perdido su significado. Y con la compra pública de innovación ha ocurrido un fenómeno parecido: queda muy bien hablar de ello e incluirlo en las medidas a realizar, pero por desgracia, su impacto está siendo muy reducido.

Incluso la Comisión Europea sigue en su intento de impulsarla, sin entender por qué no han terminado de funcionar todos los programas o intentos de estímulo que se han planteado desde estos proyectos piloto iniciales.

Basado en mi experiencia, el principal problema es el alcance de las medidas mayoritariamente planteadas, pues su éxito debería combinar factores muy complejos como la contratación pública y el impulso de prácticas innovadoras. Y en la gran mayoría de los casos, la solución es mucho más simplista.

Por un lado, tenemos una administración pública sujeta a la Ley de Contratos del Sector Público. Una revisión normativa que se realizó a nivel europeo para conseguir, entre otras cosas, mayor transparencia, mayor participación de las pymes y la introducción de formas más dinámicas de contratación. Sin embargo, en España nos quedamos solo con la primera variable. Aunque curiosamente, este encorsetamiento no ha impedido que se sigan troceando contratos y adjudicando a dedo.

Además, la propia estructura y dinámica de la Administración no crea entornos en los que se favorezca la innovación. Las compras públicas suelen dejar un margen muy escaso a los proveedores para que propongan alternativas o novedades y los técnicos que deciden innovar, se tienen que pelear con los Departamentos jurídicos para sacar ese tipo de pliegos. Ciertamente, la estructura de ascensos pública y de acceso al funcionariado no incentiva la innovación, puesto que no hay un reconocimiento a este tipo de prácticas y las pruebas de acceso no premian la creatividad. Se queda a la voluntad de las personas responsables que decidan apostar por esta vía, contra el sistema.

Además, lo que me he encontrado habitualmente cada vez que he trabajado con un organismo público (de diferentes países) en estas cuestiones es que ni siquiera tienen identificados los problemas que querrían resolver a través de la innovación. Y yendo más allá, tampoco se tiene el conocimiento del mercado, que permita saber cuál es la innovación más apropiada y que aporta más beneficios. La respuesta mayoritaria que he visto ha sido la de implantar sistemas de innovación abierta, sesiones de co-creación o similares. Intentos con buena voluntad, pero que olvidan, o desconocen, que un organismo público no funciona como una empresa privada. Y que, por tanto, deberán contemplar los procesos jurídicos por los que tendrán que pasar posteriormente estos proyectos. Y generalmente, se quedan ahí.

Pero el sector privado innovador y las startups también están muy alejados de las posibilidades de cooperación con el sector público. En un porcentaje mayoritario de casos, ni siquiera se han planteado un acercamiento más allá de la solicitud de ayudas y financiación pública. De todos los diferentes programas de incubación y aceleración de empresas innovadoras, muy pocos mentorizan o incluyen en sus modelos de negocio un cliente o socio público. Según mi experiencia, porque se desconoce la contratación pública nacional e internacional.

Es cierto que los perfiles de expertos en contratación pública internacional e innovación somos muy escasos. Pero mi experiencia durante los últimos años es altamente positiva. El socio público permite varias cosas: validar y testear prototipos y pilotos con un acceso a público usuario muy elevado, alta tasa de replicabilidad y alta tasa de escalabilidad. Al final los servicios públicos que se proveen son similares y las necesidades también lo serán. Las posibilidades de internacionalización son muy relevantes al actuar con este sistema de colaboración pública.

Sin embargo, los supuestos intentos de introducir la compra pública de innovación en España, a diferencia de otros países europeos, se han dirigido mayoritariamente a grandes empresas, precisamente las que menos necesidad de apoyo financiero para innovar tienen. Incluso el Instrumento PYME de la Comisión no incluía esta formación específica. Ahora se pretende introducirlo en el EIC porque se ha detectado un problema de capacitación durante la crisis del COVID. Problema tanto entre los organismos contratantes como entre las startups y empresas innovadoras.

En conclusión, la compra pública de innovación no funciona aún porque no se observan los factores que influyen en su éxito de forma global. Únicamente prestar financiación para la licitación o fomentar diálogos competitivos con universidades o centros tecnológicos, sin la participación de empresas que puedan industrializar esas soluciones, se quedará a medio camino y harán que no haya una colaboración natural entre sector público y sector privado. Esperemos que no pasen otros quince años más para que se implante (por fin) como una práctica habitual.

Noelia Hernández

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